Director regional de la DREMEH Madre de Dios informa sobre estado situacional de REINFO en Madre de Dios 7,949 Registro Integral de Formalización Minera fueron suspendidas Hoy lunes en horas de la mañana el Director Regional de Energía Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios.
Ing. Yakir Rozas Manya sostuvo una conferencia de prensa para informar sobre el estado situacional (Vigente/Suspendido) de los REINFO inscritos en el presente proceso de formalización minera.
Razas Manya informó que la Dirección General de Formalización Minera del MINEM publicó en su portal web la lista de las inscripciones suspendidas del REINFO a nivel nacional, las mismas que sólo será levantada la suspensión de la inscripción de oficio cuando tome conocimiento del cumplimiento de las obligaciones. En ese sentido el titular de la DREMEH Madre de Dios informó que Madre de Dios cuenta con 9,582 personas naturales y/o jurídicas inscritas en el REINFO de los cuales 7,949 quedaron en condición suspendido por no cumplir con los requisitos y condiciones de permanencia tales como:presentación del IGAFOM (aspecto correctivo), acreditación del RUC (activo) en renta de tercera categoría e inscripción en el Registro de Control de Bienes Fiscalizados ante la SUNAT y Declaración de producción de forma semestral respecto de cada una de las actividades mineras inscritas, a través de la extranet del MINEM, cuando corresponda, según el plazo programado. Indicó también que, para el levantamiento de la suspensión, los administrados deberán cumplir con cada uno de los requisitos, antes mencionados y que para la presentación de los aspectos correctivo y preventivo del IGAFOM, deberán hacerlo sólo a través del sistema de Ventanilla Única de Formalización del Ministerio de Energía y Minas.
El titular de la DREMEH de la región explicó que con el D.S. 009-2021-EM, el incumplimiento de las obligaciones de permanencia conlleva a la suspensión automática (temporal) de la inscripción en el REINFO, la pérdida de vigencia del registro y la inmediata suspensión de actividades mineras hasta que el titular cumpla con realizar todas las obligaciones incumplidas.
Debe entenderse que el desarrollo de actividades de explotación y/o beneficio minero por parte de una persona natural o jurídica con inscripción suspendida constituye una causal de exclusión del REINFO y su posterior condición de minero ilegal.